Registre de Factures
Intervenció General
Diputació de Barcelona
Rbla. Catalunya, 126
Edifici Can Serra
08008 Barcelona
T. 934 022 080

Consultas, quejas y sugerencias

¿Cómo crear una factura electrónica?

Solamente es posible admitir facturas confeccionadas de acuerdo con las especificaciones del formato facturae 3.2 y 3.2.1, firmadas electrónicamente mediante un certificado digital reconocido, las especificaciones de este formato se pueden encontrar en www.facturae.es.

Muchos de los programas comerciales de contabilidad ya ofrecen módulos de facturación electrónica, también entidades bancarias disponen de este servicio. Como alternativa, existen diversas opciones gratuitas, tales como:

  • El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha desarrollado la aplicación Gestión de Facturación Electrónica y se puede descargar gratuitamente desde la web: www.facturae.gob.es.
  • El sitio web www.b2brouter.net, ofrece algunos servicios gratuitos de emisión de facturas electrónicas que cumplen las condiciones requeridas por la Diputación de Barcelona, no precisa disponer de firma electrónica, pero es necesario registrarse en su portal.
  • En la web de la Pequeña y la Mediana empresa www.pymefactura.net tampoco se necesita disponer de firma electrónica pero se deberá registrar.

Indicar los Códigos DIR3 en su factura

Según la Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, toda factura electrónica dirigida a una Administración Pública debe incluir obligatoriamente tres códigos para identificar el destinatario o centro gestor, los llamados códigos DIR3 (la oficina contable, el órgano gestor y la unidad tramitadora) para asegurar que las facturas lleguen rápidamente al centro gestor que en cada caso las deba tramitar.

Puede consultar los Códigos DIR3 correspondientes a los diferentes centros gestores de la Diputación clicando en esta tabla de CÓDIGOS DIR3 [en formato pdf, 61 Kb].

Para obtener más información respecto a los Códigos DIR3, puede ponerse en contacto con la Unidad de Registro de Facturas, enviando un correo electrónico, donde podemos darle una atención personalizada, siendo conveniente que nos indique su teléfono.

En la Orden HAP/1650/2015, puede encontrar las reglas de validación contable establecidas para las facturas electrónicas, su incumplimiento genera de forma automática el rechazo de la factura.

¿Cómo enviar facturas electrónicas?

La tramitación de facturas en el portal general de entrada de facturas electrónicas de la Diputación de Barcelona se puede realizar:

  • De forma individual, es decir, de una en una, mediente el buzón de envío de facturas.
  • De forma automatitzada, mediante la conexión de su plataforma de emisión de facturas electrónicas al servicio e.FACT del consorcio Administració Oberta de Catalunya (AOC). Podrá encontrar más información y documentación técnica en el espacio e.FACT del consorcio.

¿Es posible incluir documentación complementaria?

Sí, las facturas pueden ir acompañadas de ficheros adjuntos, con la documentación complementaria que considere oportuna.