Solicitud genérica

Qué permite

Presentar una solicitud genérica a la Diputación de Barcelona para iniciar un trámite.

Quién lo puede solicitar

Cualquier ciudadano, entidad y empresa.

Cuándo se puede solicitar

En cualquier momento.

Qué documentación se debe aportar

  • Formulario estandarizado de solicitud general (accesible desde esta misma ficha).
  • Documentación complementaria a la solicitud presentada, si es necesario.

Cómo se presenta

  • Electrónicamente, con certificado digital por medio del botón siguiente y siguiendo las instrucciones.

  • Tramitación electrónica (con certificado digital)


    Accede - Personas físicas

    Tramitación electrónica (con certificado digital)


    Accede - Personas jurídicas

    El trámite no es considerará finalizado hasta que la persona solicitante disponga del recibo de presentación de la solicitud con el correspondiente apunte del registro de entrada de la Diputación de Barcelona.

    En el caso que tenga dudas sobre la tramitación electrónica, consulte el apartado Soporte a la tramitación y publicación electrónica.


  • Presencialmente, mediante la presentación del formulario de solicitud, impreso y debidamente rellenado y firmado, las personas físicas, excluidas las siguientes:
    • Los profesionales que requieren estar colegiados, incluyendo los notarios y los registradores de la propiedad y mercantiles.
    • Los representantes de un interesado que sea sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.
    • El personal al servicio de la Diputación de Barcelona en aquellos trámites que realicen en condición de empleado público.

    Es posible presentar los formularios de solicitud:

    Formulario de solicitud


    Formato pdf

Cuándo se da respuesta

El plazo se determina según el trámite que se derive de la solicitud presentada y la normativa que le sea de aplicación. El plazo no puede exceder los 6 meses, a no ser que una ley específica establezca otro o así sea previsto en el derecho de la Unión Europea.

Cuál es el sentido del silencio administrativo

Si la Diputación de Barcelona no responden en plazo, el sentido del silencio se determina en función de la normativa aplicable al trámite.

Qué coste tiene

Es gratuito.


Normativa
  • Quién y cómo se presenta
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 14 y 16.4.
    • Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, artículo 25.

  • Cuándo se da respuesta
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 21.

  • Cuál es el sentido del silencio administrativo
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 24.