Presentación de la solicitud de subvenciones destinadas a financiar ciclos y festivales artísticos organizados por empresas privadas del sector cultural que tienen su ámbito de actuación dentro de la demarcación de la Diputación de Barcelona durante el año 2025
Qué permite
Presentar la documentación para solicitar subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, destinadas a financiar ciclos y festivales artísticos organizados por empresas privadas del sector cultural que tienen su ámbito de actuación dentro de la demarcación de la Diputación de Barcelona durante el año 2025. Se considerarán los ciclos o festivales que acontezcan en la ciudad de Barcelona y que se extiendan en otras sedes de municipios de la demarcación de Barcelona.
Se puede acceder a las bases de la convocatoria 202520255120015743 en http://www.diba.cat/web/cultura/subvencions.
Quién lo puede presentar
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, legalmente constituidas, que realicen la actividad que fundamenta su otorgamiento y que organizan acontecimientos artísticos que cumplan con las prescripciones y requisitos especificados en la base 2, siempre que no estén afectadas por ninguno de las prohibiciones contenidas al arte. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las empresas deben tener el domicilio social en un municipio de la demarcación de la Diputación de Barcelona.
Cuándo se puede solicitar
Entre el 3 de junio y el 3 de julio de 2025
Qué documentación se debe aportar
-NIF
-Escritura de constitución, incluyendo Estatutos
-Inscripción registral o inscripción mercantil
-Poderes de representación
-Declaración censal de alta de activitat
-Proyecto o actividad por realizar de acuerdo con el modelo normalizado (formulario)
-Presupuesto de acuerdo con el modelo normalizado
-Compromiso del ente local
-Documentación gráfica
-Otros documentos como programes de mano, cartel del ciclo o festival, memoria, plan de comunicación o dosier de patrocinio
Cómo se presenta
Desde esta misma ficha, debe acceder, con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.) o con Cl@ve, a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona, rellenar el formulario correspondiente siguiendo las instrucciones y adjuntar la documentación necesaria.
En el caso de que la solicitud no la firme el representante legal de la empresa con un certificado electrónico de representación, será necesario, además, adjuntar al formulario electrónico de solicitud los poderes de representación que acrediten la representación legal de la empresa de la persona que firma electrónicamente la solicitud.
Esta tramitación electrónica se hace de acuerdo con lo que prevén los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Tramitación electrónica
Qué coste tiene
Es gratuito.