Solicitud para acceder a la información pública
Qué permite
Solicitar y obtener información pública en los términos y condiciones regulados en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Quién lo puede solicitar
Cualquier persona mayor de dieciséis años.
Cuándo se puede solicitar
En cualquier momento.
Qué documentación se debe aportar
- Formulario estandarizado de solicitud para acceder a información pública, disponible en esta misma ficha.
- Copia del DNI o equivalente (NIE o pasaporte).
Cómo se presenta
Para iniciar el trámite se debe cumplimentar el formulario de solicitud y luego tramitarlo electrónicamente, presencialmente, o presentarlo en las oficinas de correos, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de les Administraciones Públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.
- Electrónicamente: debe accederse con el certificado digital personal (IdCat, DNIe, etc.) a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona en esta misma ficha y seguir las instrucciones.
- Presencialmente: el formulario de solicitud, impreso y debidamente rellenado y firmado (por duplicado), se puede presentar en las oficinas del Registro de la Diputación de Barcelona.
- Oficina de correos: el formulario de solicitud, impreso y debidamente rellenado y firmado (por duplicado), se puede presentar presencialmente en las oficinas de correos (opción correo certificado administrativo).
Cuándo se da respuesta
En un mes.
Qué coste tiene
Es gratuito.
Vías de reclamación
Las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la Información pública, pueden ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el órgano que las ha dictado. Así mismo, una vez resuelta o estimada por silencio vuestra petición de acceso a la información pública, podéis presentar reclamación gratuita y voluntaria ante la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP).