Presentación de la documentación requerida para la formalización de la adhesión al convenio para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor 2024-2027


Qué permite

Permite a los entes locales presentar la documentación requerida para la formalización de la adhesión al “Convenio entre la Administración General del Estado a través del Ministerio de Industria y Turismo (Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, DGIPYME), y la Diputación de Barcelona para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la red CIRCE”..

Quien lo puede presentar

Los entes locales de la provincia de Barcelona que se quieran adherir al Convenio firmado el 18 de diciembre de 2023, publicado en el BOE en fecha 29 de diciembre de 2023, rectificado en el BOE de 26 de febrero de 2024, para establecer Puntos de Atención al Emprendedor en sus oficinas municipales.

Cuándo se puede presentar

Entre el 1 de enero de 2024 y el 29 de diciembre de 2027.

Qué documentación hay que aportar

Los entes locales de la provincia de Barcelona deben presentar:

  • El Acuerdo de aprobación por el órgano competente de la adhesión al Convenio, firmado electrónicamente.
  • La solicitud de adhesión, al convenio, declarando que conocen el contenido del Convenio y aceptando las obligaciones, los servicios y los requisitos que les sean aplicables y, en particular, los que se especifiquen en las cláusulas 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 13, 14 y 15 de este Convenio. Este documento tiene que estar firmado electrónicamente por la persona correspondiente e incorporar el logo del ente local.

Cómo se presenta

Desde esta misma ficha, debe acceder, con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.) o con Cl@ve, a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona, rellenar el formulario correspondiente siguiendo las instrucciones y adjuntar la documentación necesaria.

En caso de que el formulario electrónico de solicitud no lo firme el representante legal de la entidad con un certificado electrónico de representación de la entidad, será necesario adjuntar al formulario electrónico los poderes de representación o certificado expedido por el Secretario/a del entidad que acredite la representación legal de la entidad de la persona que firma electrónicamente el formulario electrónico de la solicitud, sino se ha aportado en fases anteriores a la propia convocatoria.

Sede electrónica


Solicitud general

Esta tramitación electrónica se hace de acuerdo con lo que prevén los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Para más información

En caso de duda, os podéis dirigir al Servicio de Tejido Productivo de la Gerencia de Servicios de Promoción Económica y Ocupación en la dirección: puntspae@diba.cat o al teléfono 93 402 25 24.

Qué coste tiene

Es gratuito.