Presentación de la documentación requerida para la formalización del convenio Reempresa 2024-2027
Qué permite
Permite a los entes locales presentar la documentación requerida para la formalización de un “Convenio de colaboración entre la Diputación y el ente local para la consolidación y desarrollo de la compraventa de empresas (Reempresa) a nivel local en la provincia de Barcelona, en el período 2024-2027”.
Quien lo puede presentar
Los entes locales que dispongan de un punto local Reempresa. Estos 35 entes locales son:
Aj.de Badalona, Aj. de Barberà del Vallès, Aj. de Caldes de Montbui, Aj. de Cardedeu, Aj. de Castelldefels, Aj. de Centelles, Aj. de Cerdanyola del Vallès, Aj. de Cornellà de Llobregat, Aj. de les Franqueses del Vallès, Aj. de Granollers, Aj. de l’Hospitalet de Llobregat, Aj. d’Igualada, Aj. de Manlleu, Aj. de Manresa, Aj. de Martorell, Aj. del Masnou, Aj. de Mataró, Aj. de Molins de Rei, Aj. de Mollet del Vallès, Aj. de Pineda de Mar, Aj. del Prat de Llobregat, Aj. de Rubí, Aj. de Sabadell, Aj. de Sant Boi de Llobregat, Aj. de Sant Celoni, Aj. de Sant Cugat del Vallès, Aj. de Santa Coloma de Gramenet, Aj. de Santa Perpètua de Mogoda, Aj. de Terrassa, Aj. de Vic, Aj. de Viladecans, Aj. de Vilafranca del Penedès, Agència de Desenvolupament del Berguedà, Agència de Desenvolupament Econòmic del Garraf, Consorci per a la promoció de municipis del Moianès.
Cuándo se puede presentar
Entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027.
Qué documentación hay que aportar
La documentación que aportar es el modelo de solicitud normalizado, que ha de adjuntar el Acuerdo de aprobación por el órgano competente del Convenio..
En el caso de los entes locales donde el ámbito territorial de actuación sea supramunicipal, se deberá aportar posteriormente a la aprobación del convenio bilateral con la Diputación: • La formalización de los acuerdos correspondientes en lo que hace referencia al resto de municipios del ámbito territorial a efectos del Convenio citado.
Cómo se presenta
Desde esta misma ficha, debe acceder, con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.) o con Cl@ve, a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona, rellenar el formulario correspondiente siguiendo las instrucciones y adjuntar la documentación necesaria.
En caso de que el formulario electrónico de solicitud no lo firme el representante legal de la entidad con un certificado electrónico de representación de la entidad, será necesario adjuntar al formulario electrónico los poderes de representación o certificado expedido por el Secretario/a del entidad que acredite la representación legal de la entidad de la persona que firma electrónicamente el formulario electrónico de la solicitud, sino se ha aportado en fases anteriores a la propia convocatoria.
Sede electrónica
Esta tramitación electrónica se hace de acuerdo con lo que prevén los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Para más información
En caso de duda, os podéis dirigir al Servicio de Tejido Productivo de la Gerencia de Servicios de Promoción Económica y Ocupación en la dirección: stp.reempresa@diba.cat o al teléfono 666 552 524.
Qué coste tiene
Es gratuito.

