Solicitud de soporte en el Sistema Inmediato de Información del IVA
Qué permite
Solicitar asesoramiento y asistencia en la gestión de gastos e ingresos sujetos al IVA y en el uso de los programas para generar la información adecuada sobre el IVA soportado y repercutido, de acuerdo con la normativa vigente, la cual determina la información que se debe remitir a la Agencia Tributaria mediante el Suministro inmediato de información (SII), y tener acceso a los softwares específicos para esta función.
Quién lo puede solicitar
Los ayuntamientos de hasta 30.000 habitantes y otros entes locales, que hayan firmado el Convenio de Asistencia a la Gestión Económica Local (ASGEL).
Cuándo se puede solicitar
En cualquier momento.
Qué documentación se debe aportar
Ninguna.
Cómo se presenta
Para iniciar el trámite, se debe acceder al Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones (PMT) mediante el siguiente bóton, cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud y seguir las instrucciones, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El formulario electrónico debe estar firmado por el interventor/ra.
Tramitación electrónica
Cuándo se da respuesta
Como máximo, 30 días.