Solicitud de concesión de préstamo y de subvención del tipo de interés en el marco del Programa de crédito local
Qué permite
Solicitar la concesión de un préstamo y de una subvención del tipo de interés en el marco del Programa de crédito local. Más información sobre el Programa de crédito local: http://www.diba.cat/web/suportfin/pc_default.
Quién lo puede solicitar
Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas (EMD) de la provincia de Barcelona.
Cuándo se puede solicitar
En cualquier momento.
Qué documentación se debe aportar
- Instancia
- Certificado de la Secretaría del ayuntamiento o la EMD donde conste el órgano y la fecha:
- De aprobación de los siguientes documentos:
- El convenio tipo regulador de la subvención.
- La minuta tipo de préstamo entre la entidad bancaria y el ayuntamiento o EMD.
- De aceptación de:
- La subvención que concede la Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona.
- El préstamo que apruebe la entidad bancaria en las condiciones del Programa de crédito local vigente, donde se haga constar el importe de la primera disposición (que como mínimo deberá ser igual a la subvención).
- En el caso de las EMD:
- Ratificación de la aceptación del préstamo por parte del ayuntamiento.
- De aprobación de los siguientes documentos:
En caso que el solicitante sea una entidad municipal descentralizada (EMD), se debe adjuntar un certificado en que el ayuntamiento correspondiente ratifique la solicitud.
Documentos que solicita la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.
Cómo se presenta
Para iniciar el trámite, se debe acceder al Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones (PMT) mediante el siguiente botón, cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud, adjuntar la documentación requerida y seguir las instrucciones, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El formulario de solicitud electrónica solo lo pueden firmar el/la alcalde/esa o presidente/a, y el/la secretario/a o el/la interventor/a.
Tramitación electrónica
En el caso de que la documentación que se adjunte con la solicitud esté firmada de forma manuscrita, la Diputación podrá solicitar, en cualquier momento posterior a la solicitud, la documentación original para cotejarla.
Cuándo se da respuesta
Se responde en el plazo que establece la normativa reguladora.