En plazo
Enmienda de solicitud de alta de adhesión por Empresas al programa Compromiso para la Sostenibilidad Turística Destino Barcelona (14637)
Enmendar errores u omisiones en la documentación presentada para solicitar la adhesión y el pago anual de la cuota al Programa «Compromiso para la Sostenibilidad Turística Destino Barcelona»

Quién lo puede pedir
Cualquier empresa vinculada al sector turístico que tenga el ámbito de actuación en las comarcas de Barcelona, que haya recibido el requerimiento de enmienda de la solicitud de alta de adhesión al programa Compromiso para la Sostenibilidad Turística Destino Barcelona de Turismo.

Cuando se puede pedir
Durante los diez días hábiles a contar del día siguiente de la recepción del requerimiento.

Qué coste tiene
Es gratuito
Qué documentación hay que aportar
- DNI del/de la representante legal; solo si no utilizan un certificado electrónico de representante legal.
- Poderes de representación o certificado que acredite la representación legal de la entidad de la persona que firma electrónicamente el formulario electrónico; en caso de que el formulario electrónico no lo firme el representante legal de la entidad con un certificado electrónico de representación de la entidad.
- Tarjeta de identificación fiscal o NIF de la entidad o empresa; solo si se oponen a la consulta de servicios interoperables.
- Orden SEPA de domiciliación de débito directo; no obligatorio por los que dispongan de la distinción Carta Europea de Turismo Sostenible (CETS).
- Documento acreditativo de la distinción con la Carta Europea de Turismo Sostenible (CETS); obligatorio si se ha marcado cuota exenta a la solicitud.
- Autorización de representación; en caso de que la petición no esté tramitada por el representante legal de la entidad.
Cómo se puede pedir
Para iniciar el trámite, se tiene que rellenar el formulario de solicitud y tramitarlo:
(obligatorio para las personas jurídicas)
Accede con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.), o con Cl@ve y sigue las instrucciones.
El trámite no se considerará finalizado hasta que la persona solicitando disponga del recibo de presentación de la solicitud con el correspondiente apunte del registro de entrada de la Diputación de Barcelona.
En caso de que tengáis dudas sobre la tramitación electrónica, consultad el apartado Apoyo a la tramitación.
Cuál es el sentido del silencio administrativo
Una vez transcurrido este plazo sin que se haya notificado una resolución exprés, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículos 14 y 16.4.
- Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, artículo 25.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 21.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 24.
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entregaUnidad de referencia
Gerencia de Servicios de Turismo
Si queréis hacer alguna consulta al centro gestor, la podéis formular vía
934 022 975 d.turisme@diba.cat
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