En plazo
Solicitud de ejercicio del derecho de rectificación de los datos personales (14007)
Solicitar la rectificación total o parcial de los datos personales inexactos o incompletas.
En el supuesto de que se haya realizado la comunicación de sus datos personales a terceros se los comunicará la rectificación que solicita si esta es aceptada y siempre que no sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. Si lo solicita, se le facilitará información sobre los destinatarios de sus datos.
Tened en cuenta las excepciones al ejercicio de este derecho:
- Si hay una prohibición legal.
- Si hay peligro para la defensa del estado.
- Si hay que garantizar la seguridad pública.
- Si hay que proteger los derechos y las libertades de terceros.
- Si hay una intervención policial.
- Si hay que asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Si la Hacienda pública inspecciona al afectado.

Quién lo puede pedir
El interesado o un representante legal, en los casos de menores de 14 años, por exigencia legal o por voluntad del mismo interesado.

Cuando se puede pedir
En cualquier momento.

Qué coste tiene
Gratuito.
En caso de que las solicitudes sean manifiestamente infundadas o excesivas, especialmente si son repetitivas, el responsable del tratamiento puede cobrar un precio razonable o negarse a actuar respecto de la solicitud.

Cuál es el plazo para responder
Un mes, prorrogable a dos meses según la complejidad o el número de solicitudes.
Qué documentación hay que aportar
- DNI del/la interesado/da; en caso de tramitación presencial
- Poderes de representación; si actúan en nombre del interesado
- DNI del/de la representante legal; en caso de tramitación presencial y si actúan en representación
Cómo se puede pedir
Para iniciar el trámite, se tiene que rellenar el formulario de solicitud y tramitarlo:
Accede con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.), o con Cl@ve y sigue las instrucciones.
El trámite no se considerará finalizado hasta que la persona solicitando disponga del recibo de presentación de la solicitud con el correspondiente apunte del registro de entrada de la Diputación de Barcelona.
En caso de que tengáis dudas sobre la tramitación electrónica, consultad el apartado Apoyo a la tramitación.
(solo para las personas físicas*)
Descarga el formulario de solicitud. Una vez imprimido, debidamente rellenado y firmado (por duplicado), se puede presentar en:
- Registro General-oficina de asistencia en materia de registros de la Diputación de Barcelona: Rambla de Cataluña 126, planta baja, 08008 Barcelona.
- Oficina de correos (opción correo certificado administrativo).
- Oficinas de asistencia en materia de registros otras administraciones públicas.
- Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
* Se excluyen de la presentación presencial:
- Los profesionales que requieran estar colegiados, incluyendo notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Los representantes de un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.
- El personal al servicio de la Diputación de Barcelona por aquellos trámites que hagan en su condición de empleado público.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículos 14 y 16.4
- Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, artículo 25.
- Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas relativo al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos, artículo 12.6.
- Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas relativo al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos, artículo 12.5.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, artículo 13.3.
- Reglamento General de Protección de Datos, artículo 12.6.
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