En plazo
Solicitud de renovación de autorización previa de usos compatibles de las Vías Azules Barcelona por circular con vehículos motorizados para acceder a una finca adyacente a la Vía Azul (14728)
Solicitar la autorización previa para ejecutar obras o instalaciones a la Vía Azul o en las zonas de afectación lateral.
Estas autorizaciones se tienen que resolver con independencia de las licencias o autorizaciones que puedan exigir otras administraciones públicas competentes.
Por motivos de conservación, seguridad, prevención de incendios u otras incompatibilidades de usos, se puede considerar inadecuada la organización de ciertas actividades de uso público. Para mayor información, podéis consultar las instrucciones provisionales de uso público de las Vías Azules Barcelona al web de la Diputación de Barcelona.

Quién lo puede pedir
Las personas físicas o jurídicas para circular con vehículos motorizados.

Cuando se puede pedir
Hay que presentarla con una antelación mínima de un mes respecto a la fecha de finalización de la autorización inicial.

Qué coste tiene
Gratuito.

Cuál es el plazo para responder
Tres meses a contar de la fecha en que la solicitud haya entrado en el registro del órgano gestor.
Qué documentación hay que aportar
No es obligatorio adjuntar documentación complementaria a la solicitud.
Cómo se puede pedir
Para iniciar el trámite, se tiene que rellenar el formulario de solicitud y tramitarlo:
Accede con idCAT Móvil, con certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.), o con Cl@ve y sigue las instrucciones.
El trámite no se considerará finalizado hasta que la persona solicitando disponga del recibo de presentación de la solicitud con el correspondiente apunte del registro de entrada de la Diputación de Barcelona.
En caso de que tengáis dudas sobre la tramitación electrónica, consultad el apartado Apoyo a la tramitación.
(solo para las personas físicas*)
Descarga el formulario de solicitud. Una vez imprimida, debidamente rellenado y firmado (por duplicado), se puede presentar a:
- Registro General-oficina d´asistencia en materia de registros de la Diputación de Barcelona: Rambla de Cataluña 126, planta baja, 08008 Barcelona.
- Oficina de correos (opción correo certificado administrativo).
- Oficinas de asistencia en materia de registros otras administraciones públicas.
- Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
* Se excluyen de la presentación presencial:
- Los profesionales que requieran estar colegiados, incluyendo notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Los representantes de un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.
- El personal al servicio de la Diputación de Barcelona por aquellos trámites que hagan en su condición de empleado público.
Cuál es el sentido del silencio administrativo
Una vez transcurrido el plazo para responder, sin que se haya notificado una resolución exprés, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículos 14 y 16.4.
- Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, artículo 25.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 21.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 24.
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entregaUnidad RESPONSABLE
Gerencia de Infraestructuras Viarias y Movilidad
Si queréis hacer alguna consulta al centro gestor, la podéis formular vía
934 022 479 gs.infraestvm@diba.cat
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