En plazo

Programa específico Ayudas para emergencias

E1. Solicitud

Presentar solicitudes para hacer frente a gastos extraordinarias derivadas de situaciones de emergencia de origen natural y/o antrópico, y a consecuencia de las cuales haya que reparar de manera urgente e inaplazable unos daños o llevar a cabo unas acciones que afectan la prestación de los servicios y/o el funcionamiento de las infraestructuras y los sistemas asociados.

De acuerdo con el ámbito material de los daños, las solicitudes recibidas a la Dirección de Servicios de Cooperación Local se derivarán en el centro gestor responsable de la materia.

qui ho pot demanar

Quién lo puede pedir

Municipios y entidades municipales descentralizadas de la provincia de Barcelona.

quan es pot demanar

Cuando se puede pedir

El programa es vigente mientras no se adopte ningún acto derogatorio.

Normativa

Normativa

Régimen regulador del Programa.

01. Cómo se puede pedir

El trámite se encuentra disponible electrónicamente a través de la aplicación "PMT". La solicitud se tiene que registrar en el plazo máximo de dos meses desde la aprobación de la situación de emergencia. A su vez, esta declaración se tiene que hacer como máximo un mes después del hecho causante de la situación de emergencia.

Hay que disponer de acceso y #identificar mediante nombre de usuario y contraseña. Para solicitar el alta de usuario, posaos en contacto con el referente de gestión de usuarios de vuestro ente.

Todos los usuarios del Portal pueden crear y editar borradores de los trámites a realizar y consultar el estado de tramitación del expediente.

Los usuarios que ocupan el cargo de alcalde, presidente y secretario pueden firmar y presentar solicitudes.

Otros usuarios del Portal pueden disponer de las funciones de firma y presentación de solicitudes siempre que estén habilitados por delegación de un usuario signatario, previa acreditación de esta circunstancia. A estas efectos, se tiene que librar a la Dirección de Servicios de Cooperación Local la documentación acreditativa de la delegación, para poder actualizar el registro centralizado de signatarios admitidos.

02. Qué documentación hay que aportar

A la solicitud hay que anexar la documentación siguiente:

  • Declaración de la situación de emergencia, aprobada en el plazo máximo de un mes desde el hecho causante. En caso de que la situación de excepcionalidad haya sido acordada por una administración superior no será necesaria la declaración del ente local.
  • Informe técnico municipal que incluya de manera individualizada: descripción de los daños producidos, fotografías, titularidad, valoración económica de los daños y de las actuaciones necesaria para la restitución para su uso inmediato, adopción de medidas cautelares, motivación de la relación de causalidad y de proporcionalidad entre la situación de emergencia y el daño, y motivación del carácter inaplazable de las actuaciones.
  • En caso de actuaciones consistentes en el transporte de agua para consumo humano destinada al abastecimiento de poblaciones mediante vehículos cisterna, el valor máximo elegible por el volumen transportado es de 200 litros por habitante y día. El valor máximo elegible por el coste unitario es de 25 euros por cada metro cúbico transportado. En estas solicitudes se tienen que aportar los datos que corroboren las circunstancias que se mencionen y se tienen que acreditar las medidas adoptadas por el ente en los doce meses anteriores para mejorar el rendimiento de la red de suministro y/o reducir el consumo de agua, y los resultados obtenidos.
  • Declaración responsable de la secretaría E1-001-20, que incluye:
    • Relación de facturas emitidas.
    • En caso de no disponer de facturas, relación de presupuestos aceptados.
    • Relación y contenido de los contratos subscritos relativos a las obligaciones de limpieza u otras análogas que pertenezcan a los concesionarios municipales.
    • Servicios o bienes que, de acuerdo con las pólizas de seguros subscritos por el ente, tengan que ir a cargo de las compañías aseguradoras.
    • Relación de ayudas solicitadas a otras administraciones.

03. Fez la tramitación

Portal de tramitación (PMT)

Acceso restringido

Preguntas más frecuentes

Cuando se da respuesta?

La resolución de las solicitudes se tiene que aprobar en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente de la fecha en que la solicitud se presente correctamente.

Si durante la revisión de la documentación, se detecta la existencia de defectos enmendables, el centro gestor tiene que requerir la enmienda.

Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

Las solicitudes se tienen que presentar a través de la aplicación PMT en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente de la fecha de aprobación de la declaración de la situación de emergencia del ente local, que, precisamente, por la naturaleza intrínseca de la emergencia, no se puede prolongar en el tiempo sino que se tiene que aprobar en el plazo de un mes desde el hecho causante. En caso de una situación de emergencia declarada por una administración superior no será necesaria la declaración de emergencia municipal.

Qué actuaciones son objeto de ayuda?

Son actuaciones perentorias, proporcionales, inaplazables y generadas por el hecho causante de la emergencia que eliminan el riesgo inminente que supone por las personas o sirven para restablecer el funcionamiento de los servicios públicos y sus infraestructuras y sistemas asociados. Las actuaciones pueden #haber ejecutado en el momento de la solicitud o #encontrar en ejecución.

En definitiva, si una actuación no se realiza con carácter inminente una vez ha sucedido el hecho causante, y se realizará en un futuro, no es una actuación amparada en el programa. Tal es el caso de todas las actuaciones que requieran un proyecto, porque su ejecución no es inmediata.

A continuación, podéis consultar ejemplos de actuaciones dentro de cada una de las líneas de apoyo de que consta el programa:

  • 1. Abrir un paso alternativo porque ha desaparecido una parte de la carretera o de un puente.
  • 2. Reforzar el transporte por carretera entre dos poblaciones porque las vías ferroviarias se encuentran impracticables.
  • 3. Apuntalar muros o retirar materiales de muros o de edificios de vías. 4. Retirar material desmoronado o árboles caídos en carreteras.
  • 5. Apuntalar muros o retirar materiales de muros o de edificios de vías.
  • 6. Retirada de arbolado que represente un riesgo inminente de caída sobre las personas, corderos o impidan el uso de estas infraestructuras por parte de los medios de extinción durante una emergencia por incendio forestal.
  • 7. Retirada de escombrera y otras actuaciones sobre la plataforma de los caminos y red de drenaje estrictamente necesarias para garantizar la seguridad de las personas y corderos y el uso de estas infraestructuras por parte de los medios de extinción durante una eventual emergencia por incendio forestal.
  • 8. Actuaciones en infraestructuras de prevención de incendios forestales, de titularidad pública o privada, dentro y fuera de la Red de Parques Naturales (Franjas de protección de urbanizaciones y núcleos de población, hidrantes y depósitos de agua, etc.).
  • 9. Limpieza y/o descontaminación de elementos de la red de abastecimiento de agua que comprometan la salud o la biodiversidad.
  • 10. Reparación de la red de saneamiento urbana si se producen derrames que contaminen el medio.
  • 11. Transporte de agua potable para garantizar el abastecimiento de la población
  • 12. Retirada de arbolado que represente un riesgo inminente de caída sobre las personas, bienes o impidan el uso de estas infraestructuras.
  • 13. Retirada de escombrera y otras actuaciones sobre la plataforma de los caminos y estrictamente necesarias para garantizar la seguridad de las personas y bienes y el uso de estas infraestructuras.
  • 14. Trabajos de refuerzo para evitar la pérdida de las infraestructuras.
  • 15. Actuaciones en caminos en suelo no urbanizable, públicos o privados, incluidos en el ámbito de la Red de parques naturales, gestionados directamente o indirectamente por la Gerencia de Servicios de Espacios Naturales.
  • 16. Actuaciones en infraestructuras situadas en suelo no urbanizable dentro del ámbito de la Red de parques naturales, gestionados directamente o indirectamente por la Gerencia de Servicios de Espacios Naturales.
  • 17. Logística en la operativa de la emergencia: material de señalización, vallas, equipos, instalaciones técnicas, utillaje, maquinaria, vehículos, suministras extraordinarios (agua, gasóleo, electricidad, sal, etc.), comunicación de la emergencia en la población y afectados, etc.
  • 18. Atención a personas (desplazadas, confinadas o atendidas, voluntarios y personal actuando) alojamiento, alimentación, mobiliario, camas, mantas, estufas, servicios de atención especializada, farmacia, transporte, etc.
  • 19. Actuaciones para subsanar deficiencias en equipaciones deportivas que impidan el normal funcionamiento.
  • 20. Actuaciones en caso de ataques informáticos.
Cuál es el plazo de realización de las actuaciones?

El plazo de realización de las actuaciones se establecerá en el decreto de concesión, que también acordará un plazo para presentar las justificaciones de gasto.

Pla de Cooperació Xarxa de Governs Locals 2024-2027

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Consultáis el resumen del Programa.

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