En plazo
Línea de apoyo para el otorgamiento de subvenciones a los entes locales seleccionados por el Programa Operativo FEDER 2014-2020 “Esos prioritarios 4 y 6” y “Proyectos de especialización y competitividad territorial”.
E4. Justificación
Enviar a la Diputación la justificación de gastos de las ayudas de la Línea de apoyo para el otorgamiento de subvenciones a los entes locales seleccionados por el Programa Operativo FEDER 2014-2020, convocatorias Esos prioritarios 4 y 6 y Proyectos de especialización y competitividad territorial, otorgados a través del Dictamen de la Junta de Gobierno, aprobado en sesión 31 de enero de 2019, que resuelve el procedimiento de concesión de las ayudas, a los efectos de proceder al pago de aquellos gastos relacionados con las ayudas otorgadas que hayan estado objeto:
a) de presentación de la certificación ante la Generalitat de Cataluña. En este caso, para el pago del importe correspondiente a la anualidad 2020, o bien
b) de los correspondientes informes de verificación definitiva emitidos por la Generalitat de Cataluña.

Quién lo puede pedir
Realizarán el trámite de justificación los entes locales que tengan la consideración de destinatarios, en los términos previstos.

Normativa
Régimen regulador del Programa.
01. Cómo se puede pedir
El trámite se tiene que realizar electrónicamente. Accedéis en el Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones de la Sede Electronica Corporativa (PMT) y seleccionáis el expediente de que se trate. En las acciones disponibles, escogéis “Justificación de gastos”, rellenáis los datos y adjuntáis el formulario junto con la copia del documento “Propuesta de certificado y declaración de gastos” o bien del ”Informe de verificación definitivo” emitidos por la Generalitat de Cataluña.
La tramitación electrónica lo tiene que realizar la persona que ocupe el cargo de interventor/a o de secretario/aria-interventor/a del ente, o funcionario público habilitado en el ejercicio de sus funciones, y que ejerza por delegación o sustitución del primero, previa acreditación de esta circunstancia.
El responsable de la presentación de la justificación de gastos es el ente local destinatario de las ayudas en los términos previstos al régimen regulador, con independencia de qué haya sido la modalidad de ejecución empleada.
Las justificaciones que se presenten a cargo del anticipo previsto para la anualidad 2020, pueden ser parciales o totales. Su validación, por parte de la Diputación, podrá generar estos pagos parciales en la parte que corresponda a las cantidades justificadas efectivamente.
02. Cuando se puede pedir
a) La presentación del documento “Propuesta de certificado y declaración de gastos” (que emite la Generalitat de Cataluña ante la presentación de la certificación) con el formulario homologado de justificación de gastos E4-001-16, se realizará a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones de la Diputación de Barcelona (PMT).
b) Cuando la justificación esté verificada, la presentación de la copia de los “Informes de verificación definitivos” del gasto por parte de los entes locales beneficiarios a la Diputación de Barcelona, con el formulario homologado de justificación de gastos E4-001-16, se realizará en un plazo no superior en un mes desde su emisión, también a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones de la Diputación de Barcelona (PMT).
En caso de que existan incidencias detectadas en los procesos de revisión y control de las certificaciones presentadas por los entes locales, que comporten la determinación de algún gasto pagado por la Diputación como no elegible, el ente local tendrá que proceder al reintegro del importe que corresponda.
03. Qué documentación hay que aportar
Para la justificación de los gastos, los entes locales tendrán que presentar copia del documento “Propuesta de certificado y declaración de gastos” o de los “Informes de verificación definitivos” emitidos por la Generalitat de Cataluña de acuerdo con lo establecido en el artículo 125.4 del Reglamento (UE) N. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el cual se establecen disposiciones comunes relativas en el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y que deroga el Reglamento (CE) núm.1083/2006 del Consejo.
La documentación mencionada irá acompañada del formulario normalizado de solicitud de justificación de gastos E4-001-16.
A la finalización de la actuación, los entes beneficiarios tienen que presentar copia del certificado de finalización del proyecto.
04. Fez la tramitación
Preguntas más frecuentes
La Diputación de Barcelona efectuará sus pagos, a todos los efectos, en el plazo de 30 días desde la entrada de la factura o documento análogo a las oficinas de Registro.
El centro gestor responsable de recibir y tramitar la justificación de las ayudas es la Dirección de Servicios de Cooperación Local, adscrita a la Coordinación de Estrategia Corporativa y Concertación Local de la Diputación de Barcelona.
Encontraréis que determinados trámites vinculados en los recursos de Catálogo, como por ejemplo la solicitud o la justificación, incluyen formularios asociados que tenéis que descargar y rellenar previamente para anexarlos en los trámites. Para acceder a estos documentos seguís las instrucciones siguientes:
- Seleccionáis el formulario de vuestra elección, pasáis el ratón por encima del nombre del documento activando así el enlace al mismo.
- Descargáis el formulario mediante el botón derecho del ratón, seleccionáis la opción "Desar" (o también "Desar enlace como...") por desar el documento a vuestro ordenador.
NOTA: Si no descargáis los documentos a vuestro ordenador e intentáis abrirlos directamente haciendo doble clic encima del enlace, de acuerdo con la configuración de vuestro equipo es posible que os aparezca el mensaje siguiente:
- Abrís el formulario con el software correspondiente: Microsoft Word (.doc), Microsoft Excel (.xlsx) o Adobe Reader (.pdf). En cualquier caso, vuestro ordenador tiene que tener el programa que permita abrirlos y llenarlos correctamente.
En el caso de los archivos .pdf, os recomendamos que tengáis actualizada la última versión del programa Adobe Reader que podéis descargar de forma gratuita en este enlace: https://get.adobe.com/reader.
Instrucciones para la descarga de formularios
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