En plazo
Programa específico Autonomía local 4.0
P3. Aceptación
Este trámite permite:
- Acreditar la aceptación exprés de los importes preassignats y la conformidad con las condiciones y procedimientos del Programa.
- Confirmar la aplicación del importe preassignat a la Línea 1 correspondiente a la anualidad 2026 o solicitar la redistribución a la Línea 2.
En caso de no presentar la aceptación exprés dentro del plazo establecido, el importe se entiende aceptado tácitamente en los términos de la aprobación.

Cuando se puede presentar
Hasta el 1 de junio de 2026.

Quién lo puede presentar
Entes destinatarios de las ayudas.

Normativa
Régimen regulador del Programa específico de autonomía local 4.0.
01. Cómo se puede pedir
Hay que tramitar la solicitud electrónica por el Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones públicas (PMT). Para acceder hay que ser usuario o usuaria del PMT y #identificar con nombre de usuario/aria y contraseña.
Si no eres usuario/aria del PMT, podéis solicitarlo al referente de gestión de usuarios de vuestra entidad.
Si ya eres usuario/aria del PMT, podrás hacer los siguientes trámites:
- Todos los usuarios/usuarias: Pueden crear y editar borradores de los trámites y consultar el estado de tramitación del expediente.
- Cargos electos: Los usuarios que ocupan el cargo de alcalde/ese, en el caso de los ayuntamientos, de presidente/a, en el caso otros de ente, y de secretario/aria, podan, además, firmar y presentar solicitudes.
- Habilidades por delegación: Otros usuarios del Portal pueden disponer de las funciones de firma y presentación de solicitudes siempre que estén habilitados por delegación de un usuario signador, previa acreditación de esta circunstancia.
02. Qué documentación hay que aportar
Certificado normalizado de aceptación P3-004-24.
03. Cómo se hace
Accedéis en el Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones (PMT) y seleccionáis el expediente de que se trate. En los trámites disponibles, escogéis el trámite de aceptación, anexáis el formulario debidamente rellenado, y firmáis y presentáis la documentación electrónicamente.
Preguntas más frecuentes
Con la correcta realización del trámite, la Diputación de Barcelona lo da por finalizado. Si durante la revisión de la documentación se detecta la existencia de defectos enmendables, el centro gestor formula un requerimiento.
El plazo máximo para aprobar las concesiones es de dos meses, a contar desde la fecha en que finalice el plazo de aceptación de la preasignación.
Mediante el Portal se puede consultar el estado de tramitación de la aceptación. Los estados son:
- Librada: Desde el momento en qué es remisión por el ente destinatario y hasta su revisión por parte de la Diputación de Barcelona a efectos de determinar o no la existencia de defectos enmendables.
- Pendiente de enmienda: Desde el momento en que la Diputación efectúa un requerimiento de enmienda al ente, al haber detectado, durante la revisión de la aceptación, la existencia de defectos enmendables.
- En curso: Desde el momento en que la Diputación finaliza la revisión, en no #haber detectado defectos enmendables.
Encontraréis que determinados trámites vinculados en los recursos de Catálogo, como por ejemplo la solicitud o la justificación, incluyen formularios asociados que tenéis que descargar y rellenar previamente para anexarlos en los trámites. Para acceder a estos documentos seguís las instrucciones siguientes:
- Seleccionáis el formulario de vuestra elección, pasáis el ratón por encima del nombre del documento activando así el enlace al mismo.
- Descargáis el formulario mediante el botón derecho del ratón, seleccionáis la opción "Desar" (o también "Desar enlace como...") por desar el documento a vuestro ordenador.
NOTA: Si no descargáis los documentos a vuestro ordenador e intentáis abrirlos directamente haciendo doble clic encima del enlace, de acuerdo con la configuración de vuestro equipo es posible que os aparezca el mensaje siguiente:
- Abrís el formulario con el software correspondiente: Microsoft Word (.doc), Microsoft Excel (.xlsx) o Adobe Reader (.pdf). En cualquier caso, vuestro ordenador tiene que tener el programa que permita abrirlos y llenarlos correctamente.
En el caso de los archivos .pdf, os recomendamos que tengáis actualizada la última versión del programa Adobe Reader que podéis descargar de forma gratuita en este enlace: https://get.adobe.com/reader.
Instrucciones para la descarga de formularios

