En plazo
Programa específico Barrios y villas en transición: implementación de programas memoria 2025. Manifestación de necesidades y aceptación.
P3. Aceptación
Presentar la manifestación de necesidades previa a la concertación del apoyo específico concertado en el marco del Programa específico Barrios y villas en transición: implementación de programas memoria 2025 y formalizar la aceptación del conjunto de las ayudas con las condiciones recogidas al régimen.

Cuando se puede presentar
Desde el día siguiente de la notificación de la aprobación del Programa y fines el 1 de junio de 2026.

Quién lo puede presentar
Los ayuntamientos beneficiarios del programa de la provincia de Barcelona.

Normativa
Régimen regulador del Programa específico Barrios y villas en transición: implementación de programas memoria 2025.
01. Cómo se puede pedir
Hay que hacer la tramitación electrónicamente a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones públicas (PMT). Para acceder hay que ser usuario o usuaria del PMT y #identificar con nombre de usuario/aria y contraseña.
Si no eres usuario/aria del PMT, podéis solicitarlo al referente de gestión de usuarios de vuestra entidad.
Si ya eres usuario/aria del PMT, podrás hacer los siguientes trámites:
- Todos los usuarios/usuarias: Pueden crear y editar borradores de los trámites y consultar el estado de tramitación del expediente.
- Cargos electos: Los usuarios que ocupan el cargo de Alcalde/ese, Secretario/aria cuando se certifique la adopción de un acto por el órgano competente del ente.
- Habilidades por delegación: Otros usuarios del Portal pueden disponer de las funciones de firma y presentación de solicitudes siempre que estén habilitados por delegación de un usuario signador, previa acreditación de esta circunstancia.
02. Qué documentación hay que aportar
Memoria normalizada de manifestación de necesidades y aceptación P1-003-24.
03. Cómo se hace
Hay que tramitar la solicitud electrónicamente a través de la aplicación Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones PMT.
Cada ayuntamiento puede presentar una única manifestación de necesidades que incluya diferentes actividades previstas en el marco del objeto de apoyo.
Preguntas más frecuentes
La Diputación de Barcelona puede requerir la enmienda de errores en el trámite o la carencia de información y el ayuntamiento dispone de siete días hábiles para dar respuesta.
En el plazo de 4 meses desde la presentación del trámite de todos los ayuntamientos beneficiarios se dictará el decreto de resolución.
Mediante el Portal se puede consultar el estado de tramitación de la aceptación. Los estados son:
- Librada: Desde el momento en qué es remisión por el ente destinatario y hasta su revisión por parte de la Diputación de Barcelona a efectos de determinar o no la existencia de defectos enmendables.
- Pendiente de enmienda: Desde el momento en que la Diputación efectúa un requerimiento de enmienda al ente, al haber detectado, durante la revisión de la aceptación, la existencia de defectos enmendables.
- En curso: Desde el momento en que la Diputación finaliza la revisión, en no #haber detectado defectos enmendables.
Encontraréis que determinados trámites vinculados en los recursos de Catálogo, como por ejemplo la solicitud o la justificación, incluyen formularios asociados que tenéis que descargar y rellenar previamente para anexarlos en los trámites. Para acceder a estos documentos seguís las instrucciones siguientes:
- Seleccionáis el formulario de vuestra elección, pasáis el ratón por encima del nombre del documento activando así el enlace al mismo.
- Descargáis el formulario mediante el botón derecho del ratón, seleccionáis la opción "Desar" (o también "Desar enlace como...") por desar el documento a vuestro ordenador.
NOTA: Si no descargáis los documentos a vuestro ordenador e intentáis abrirlos directamente haciendo doble clic encima del enlace, de acuerdo con la configuración de vuestro equipo es posible que os aparezca el mensaje siguiente:
- Abrís el formulario con el software correspondiente: Microsoft Word (.doc), Microsoft Excel (.xlsx) o Adobe Reader (.pdf). En cualquier caso, vuestro ordenador tiene que tener el programa que permita abrirlos y llenarlos correctamente.
En el caso de los archivos .pdf, os recomendamos que tengáis actualizada la última versión del programa Adobe Reader que podéis descargar de forma gratuita en este enlace: https://get.adobe.com/reader.
Instrucciones para la descarga de formularios

