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Solicitar la adhesión en el programa Puntos de Información Turística de las Comarcas de Barcelona
Adhesión. Alta
Solicitar la adhesión en el programa Puntos de Información Turística de las Comarcas de Barcelona.
Puntos de Información Turística de las Comarcas de Barcelona es un programa dirigido a empresas, servicios y entidades públicas de las comarcas de la provincia de Barcelona que tengan contacto directo con el turista y quieran #acreditar como punto de información turística.
El programa reconoce las buenas prácticas que, alineadas con los 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, tienen en cuenta el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el trabajo digno, la igualdad entre mujeres y hombres, y la producción y el consumo responsables.
El programa lo impulsa la Diputación de Barcelona y lo implantan en las comarcas los entes de gestión turística comarcales (consejo comarcal, consorcio de turismo o agencia de desarrollo económico).
Para mayor información, podéis consultar https://www.diba.cat/ca/web/turisme/punts-informacio-turistica.

Quién lo puede pedir
Cualquier empresa, servicio y entidad pública vinculado al sector turístico que tenga el ámbito de actuación en las comarcas de Barcelona. Los entes de gestión turística comarcales son los responsables de validar todas las solicitudes antes de presentarlas a la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.

Cuando se puede pedir
Durante el primer trimestre de cada año.
La Diputación de Barcelona podrá ampliar excepcionalmente el plazo a petición de los entes de gestión turística comarcales.
01. Cómo se puede pedir
Para iniciar el trámite, hace falta que contactáis con el ente de gestión turística de vuestra comarca para que valide la solicitud antes de presentarla a la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona y que os explique los pasos a seguir.
Una vez hecho esto, y desde esta misma ficha, tenéis que acceder con idCAT Móvil, un certificado digital personal (idCAT, DNIe, FNMT, etc.) o Cl@ve a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona, rellenar el formulario correspondiente siguiendo las instrucciones y adjuntar la documentación necesaria.
Esta tramitación electrónica se hace de acuerdo con el que prevén los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
02. Qué documentación hay que aportar
- #DNI del representante legal (solo si no utilizan un certificado electrónico de representante legal de la entidad o empresa).
- Tarjeta de identificación fiscal o #NIF de la entidad o empresa (solo si se oponen a la consulta de servicios interoperables).
- Autorización de representante legal (solo si quien firma el formulario electrónico no es el representante legal de la entidad o empresa).
03. Fez la tramitación
Preguntas más frecuentes
La adhesión en el programa Puntos de Información Turística de las Comarcas de Barcelona es gratuita y voluntaria.
