En plazo
Programa sectorial de mejora de polígonos industriales 2025-2028
I4. Justificación
Enviar a la Diputación de Barcelona la justificación de gastos de las ayudas otorgadas en el marco del Programa sectorial de mejora de polígonos industriales 2025-2028.

Cuando se puede presentar
Consultáis los plazos de justificación.

Quién lo puede presentar
Entes destinatarios de las ayudas.

Normativa
Régimen regulador del Programa sectorial de mejora de polígonos industriales 2025-2028.
01. Cómo se puede pedir
Hay que hacer la tramitación electrónicamente a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones públicas (PMT). Para acceder hay que ser usuario o usuaria del PMT y #identificar con nombre de usuario/aria y contraseña.
Si no eres usuario/aria del PMT, podéis solicitarlo al referente de gestión de usuarios de vuestra entidad.
Si ya eres usuario/aria del PMT, podrás hacer los siguientes trámites:
- Todos los usuarios/usuarias: Pueden crear y editar borradores de los trámites y consultar el estado de tramitación del expediente.
- Cargos electos: Los usuarios que ocupan el cargo de Interventor/a, Secretario-interventor/Secretaria-interventora podan, además, firmar y presentar justificaciones. En caso de ausencia acreditada de los anteriores,el secretaría/aria del ente y, en caso de absènciad’este, el alcalde/ese o el presidente/a de el’ente.
- Habilidades por delegación: Otros usuarios del Portal pueden disponer de las funciones de firma y presentación de solicitudes siempre que estén habilitados por delegación de un usuario signador, previa acreditación de esta circunstancia.
02. Qué documentación hay que aportar
Justificación de gastos: modelo normalizado I4-009-24
Si se trata de la última justificación hay que aportar también:
- Certificado final de obra por cada actuación financiada. Se facilita modelo normalizado I4-010-24. En las actuaciones sin obra civil hace falta un informe justificativo de la ejecución de la actuación.
- Fotografía de la obra antes, durando y después de la ejecución.
- Fotografía del cartel de obras, si lo nos está obligado a instalarlo.
- En caso de cofinanciación privada, certificado del cobro del importe por parte del ente ejecutor.
03. Cómo se hace
Hay que hacer la tramitación electrónicamente a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones "PMT".
Preguntas más frecuentes
El centro gestor revisa las justificaciones de gasto y, en caso de conformidad, las verifica.
La Diputación de Barcelona realiza los pagos, a todos los efectos y si procede, en el plazo máximo de 30 días desde la entrada de la documentación.
Mediante el Portal se puede consultar el estado de tramitación de las solicitudes. Los estados son:
- Librada: desde el momento en que el ente destinatario la envía y hasta que la Diputación de Barcelona la revisa, a efecto de determinar si hay defectos que hay que enmendar.
- Pendiente de enmienda: desde el momento en que la Diputación efectúa un requerimiento de enmienda al ente, al haber detectado, durante la revisión de la solicitud, la existencia de defectos enmendables.
- En curso: desde el momento en que la Diputación finaliza la revisión, sin haber detectado defectos enmendables, y hasta la concesión de la ayuda o la desestimación de la solicitud.
Encontraréis que determinados trámites vinculados en los recursos de Catálogo, como por ejemplo la solicitud o la justificación, incluyen formularios asociados que tenéis que descargar y rellenar previamente para anexarlos en los trámites. Para acceder a estos documentos seguís las instrucciones siguientes:
- Seleccionáis el formulario de vuestra elección, pasáis el ratón por encima del nombre del documento activando así el enlace al mismo.
- Descargáis el formulario mediante el botón derecho del ratón, seleccionáis la opción "Desar" (o también "Desar enlace como...") por desar el documento a vuestro ordenador.
NOTA: Si no descargáis los documentos a vuestro ordenador e intentáis abrirlos directamente haciendo doble clic encima del enlace, de acuerdo con la configuración de vuestro equipo es posible que os aparezca el mensaje siguiente:
- Abrís el formulario con el software correspondiente: Microsoft Word (.doc), Microsoft Excel (.xlsx) o Adobe Reader (.pdf). En cualquier caso, vuestro ordenador tiene que tener el programa que permita abrirlos y llenarlos correctamente.
En el caso de los archivos .pdf, os recomendamos que tengáis actualizada la última versión del programa Adobe Reader que podéis descargar de forma gratuita en este enlace: https://get.adobe.com/reader.
Instrucciones para la descarga de formularios

