En plazo
Catálogo 2024-2027
Red de Gobiernos Locales 2025
C4. Ejecución y Justificación
Justificar gastos de recursos económicos concedidos en el marco de la convocatoria del Catálogo 2025. También permite solicitar la ampliación de plazos de ejecución y de justificación.

Quién lo puede presentar
Los entes beneficiarios, a través de las personas que ocupan la intervención, secretaría-intervención y estas aquellas otras en quienes los anteriores hayan delegado. También, en caso de ausencia acreditada de los anteriores, la secretaría del ente. Por último, en caso de ausencia acreditada de todos los anteriores, la alcaldía o presidencia de la corporación.

Cuando se puede presentar
Dentro del plazo establecido para presentar la justificación, sin perjuicio de las ampliaciones de plazos que se puedan aprobar.
Ved la tabla de plazos de ejecución y justificación de los recursos económicos.

Normativa
Régimen de la convocatoria del Catálogo 2025 del Plan de cooperación Red de Gobiernos Locales.
01. Cómo se puede pedir
Hay que tramitar la justificación de gastos a través del Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones públicas (PMT). Para acceder hay que ser usuario o usuaria del PMT y #identificar con nombre de usuario/aria y contraseña.
Si no eres usuario/aria del PMT, podéis solicitarlo al referente de gestión de usuarios de vuestra entidad.
Si ya eres usuario/aria del PMT, podrás hacer los siguientes trámites:
- Todos los usuarios/usuarias: Pueden crear y editar borradores de los trámites y consultar el estado de tramitación del expediente.
- Cargos electos: Los usuarios que ocupan el cargo de Interventor/a, Secretario-interventor/Secretaria-interventora podan, además, firmar y presentar justificaciones. En caso de ausencia acreditada de los anteriores,el secretaría/aria del ente y, en caso de absènciad’este, el alcalde/ese o el presidente/a de el’ente.
- Habilidades por delegación: Otros usuarios del Portal pueden disponer de las funciones de firma y presentación de solicitudes siempre que estén habilitados por delegación de un usuario signador, previa acreditación de esta circunstancia.
02. Qué documentación hay que aportar
Consultáis la relación de recursos y su documentación en este enlace.
Cuestiones más relevantes:
- Hay que completarlo según la modalidad de ejecución y el importe de la ayuda y acompañar la documentación técnica que corresponda en función del recurso.
- En el importe del gasto, hay que hacer constar el importe total de aquel gasto. Si se trata de una factura, se informa su importe total.
- En el importe justificado (imputado), se tiene que hacer constar la parte del importe del gasto directamente relacionado con la actuación objeto de la ayuda que se justifica de la Diputación. Por ejemplo, si se trata de gasto relativo a retribuciones de un empleado, y este solo se ha dedicado de forma parcial a la actuación objeto de ayuda, la parte proporcional de dedicación.
- En el apartado “Tipo de justificación”, se selecciona justificación parcial solo si se prevé presentar más justificaciones, ya sea porque la ayuda es plurianual y quedan otras anualidades pendientes de justificar o porque se está justificando una anualidad de manera fraccionada.
- En la estructura de financiación, se tiene que hacer constar las diferentes fuentes de financiación del coste total de la actuación.
Modelo C4-002-25. Se emplea para solicitar la ampliación de plazos de ejecución y de justificación. Hay que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos, de acuerdo con el régimen de la convocatoria.
03. Cómo se hace
Accedéis en el Portal de trámites de los entes locales y otras administraciones (PMT) y seleccionáis el expediente de que se trate.
En los trámites disponibles, según el caso, escogéis:
- “Justificación”, y anexáis el certificado C4-001-25 y la documentación adicional que proceda, y firmáis el trámite electrónico.
- “Solicitud general”, y anexáis el modelo C4-002-25 y la documentación adicional que proceda, y firmáis el trámite electrónico.
Preguntas más frecuentes
El centro gestor revisa la justificación; en caso de conformidad, la verifica.
El gasto correctamente justificado solo comporta pago si no ha habido pago avanzado previo.
Si durante la revisión de la documentación se detecta la existencia de defectos enmendables, el centro gestor requiere la enmienda.
Finalizado el plazo de justificación, se aprueba la liquidación y revocación provisionales de los importes no justificados debidamente y se habilita un periodo de audiencia de quince días para presentar alegaciones o justificaciones pendientes. Transcurrido el citado plazo, se aprueba la liquidación y revocación definitivas de los importes no justificados debidamente.
El centro gestor recibe y revisa la documentación. Los datos del centro gestor constan en el acto de concesión y también se encuentran en la ficha del recurso.
Encontraréis que determinados trámites vinculados en los recursos de Catálogo, como por ejemplo la solicitud o la justificación, incluyen formularios asociados que tenéis que descargar y rellenar previamente para anexarlos en los trámites. Para acceder a estos documentos seguís las instrucciones siguientes:
- Seleccionáis el formulario de vuestra elección, pasáis el ratón por encima del nombre del documento activando así el enlace al mismo.
- Descargáis el formulario mediante el botón derecho del ratón, seleccionáis la opción "Desar" (o también "Desar enlace como...") por desar el documento a vuestro ordenador.
NOTA: Si no descargáis los documentos a vuestro ordenador e intentáis abrirlos directamente haciendo doble clic encima del enlace, de acuerdo con la configuración de vuestro equipo es posible que os aparezca el mensaje siguiente:
- Abrís el formulario con el software correspondiente: Microsoft Word (.doc), Microsoft Excel (.xlsx) o Adobe Reader (.pdf). En cualquier caso, vuestro ordenador tiene que tener el programa que permita abrirlos y llenarlos correctamente.
En el caso de los archivos .pdf, os recomendamos que tengáis actualizada la última versión del programa Adobe Reader que podéis descargar de forma gratuita en este enlace: https://get.adobe.com/reader.
Instrucciones para la descarga de formularios


