Enmienda de errores u omisiones en la justificación de subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva por la Área de Presidencia de la Diputación de Barcelona a favor de personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro para conmemoraciones de eventos, para conmemoraciones aprobadas por la Generalidad de Cataluña para el 2023 y para actividades excepcionales y/o singulares de repercusión local (2023)
Qué permite
Subsanar errores u omisiones en la documentación presentada para la justificación de subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a conmemoraciones de eventos, a conmemoraciones aprobadas por la Generalidad de Cataluña para el 2023 y a actividades excepcionales y/o singulares de repercusión local (2023).
Quién lo puede presentar
Las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro que han recibido el requerimiento o comunicación de enmienda de la justificación de la subvención.
Cuándo se puede presentar
En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento.
Qué documentación se debe aportar
La documentación especificada en el requerimiento.
Cómo se presenta
Desde esta misma ficha se debe acceder, con la firma electrónica de IDCAT Mòbil, certificado digital personal (IdCat, DNIe, FNMT, etc.) o Cl@ve, a la tramitación electrónica de la Diputación de Barcelona, rellenar el formulario de solicitud siguiendo las instrucciones y adjuntar la documentación exigida en las bases específicas reguladoras de la convocatoria.
Esta tramitación electrónica se hace de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del Régimen Jurídico y del Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.
También se puede presentar en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos referidos en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Qué coste tiene
Es gratuito.